Derecho a la Educación

Aparte de la lucha incansable por proteger los derechos humanos, es de vital importancia reconocer la posición en la que está en nuestra sociedad el derecho a una educación integral para todos, especialmente para niños, niñas y adolescentes. Diferentes instrumentos jurídicos internacionales han reconocido este derecho, como por ejemplo y entre otros, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales[1] y el Pacto de San Salvador.

La educación, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es un Derecho Económico, Social y Cultural, el cual permite el desarrollo de la personalidad de cada individuo para de esta manera gozar de libertades. Por lo anterior, nadie puede privar a otro u otros de educarse. En otras palabras, el pilar de la Paz y orden de las naciones es la educación.

Ahora bien, en relación a la población migrante, se aclara que se enfrentan a las siguientes barreras administrativas que impide el acceso y goce del derecho a la educación: 1) obligación de legalizar la estadía en el país para acceder libremente a la oferta educativa 2) convalidación de títulos.

Es deber del Estado procurar por la protección y cumplimiento del derecho a la educación, velando por la eliminación de barreras y constituyendo una base sólida de cooperación y ayuda entre las naciones según el derecho internacional. A continuación, presentamos pronunciamientos judiciales que ahondan en el tema:


[1] Naciones Unidas. Normas Internacionales, “Relator Especial sobre el Derecho a la Educación”, disponible en: https://www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-education/international-standards

Barreras de acceso a la educación

Convalidación de títulos

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