Refugio y Asilo

El marco jurídico aplicable al trámite de refugio se basa en tratados internacionales acordados por varios países alrededor del mundo. Como por ejemplo, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, en la cual se establece la definición de refugiado, así como las restricciones temporales y espaciales para su aplicación. Luego, en 1967, el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados eliminó estas restricciones, ampliando así la concepción de quién podía ser considerado como refugiado y extendiendo el ámbito de protección. También en la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, se expande la definición de refugiado para incluir a personas que han huido de sus países debido a la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias gravemente pertubardoras del orden público. Ya en el artículo 36 de la Constitución Política colombiana se reconoce el derecho de asilo, figura que, al igual que el refugio, persigue los fines de protección internacional de la persona. Mientras que, para el trámite de reconocimiento de la condición de refugiado en Colombia, se tiene el Decreto 1067 de 2015, que reúne todas las definiciones dadas en los instrumentos internacionales sobre refugiados.

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