El enfoque diferencial se define como “la inclusión de medidas efectivas para asegurar que se adelanten acciones ajustadas a las características particulares de las personas o grupos poblacionales, tendientes a garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos acorde con necesidades de protección propias y específicas”5
Para el caso específico de las personas con discapacidad, el Estado, la sociedad y los operadores de justicia, deben crear medidas que respondan a sus condiciones de vulnerabilidad. En este apartado, se expondrán diferentes pronunciamientos de Cortes Nacionales e internacionales donde se ha decidido en razón de las necesidades específicas de las personas con discapacidad.
5 Minsalud. S.F. Enfoque diferencial y discapacidad. Recuperado de https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/PS/enfoque-diferencial-y-discapacidad.pdf